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¿Cómo se reportarán los RIPS en el 2024?

A partir del 1 de abril de 2024, y tomando en cuenta los lineamientos de la Resolución 2275 de 2023, las entidades prestadoras de servicios de salud deberán incorporar y usar en sus procesos de información, los contenidos y estructura definidos en los RIPS. Descubra aquí cómo la facturación electrónica se integrará a los servicios de salud en este 2024. 


Los Registros Individuales de Prestación de Servicios de Salud, conocidos como RIPS, son un conjunto de datos mínimos y básicos que el Sistema de Seguridad Social en salud necesita para gestionar, regular y controlar los servicios de salud. Estos registros son esenciales para llevar un seguimiento adecuado de la atención médica que se brinda a cada persona y también sirven como respaldo para la facturación de servicios de salud. Para tal fin, los RIPS se encuentran conformados por cuatro clases de datos: de identificación, del servicio, del motivo de la atención y del valor. 


Tomando en cuenta lo establecido por la Resolución 2275 de 2023, se estableció que “los prestadores de servicios de salud, las entidades responsables de pago y demás pagadores, dispondrán hasta el 30 de septiembre de 2024 para enviar los RIPS de las atenciones prestadas antes del 1 de abril de 2024”, de acuerdo con la estructura convencional de facturación electrónica establecida por la DIAN. Con ese fin, el Ministerio de Salud y Protección Social determinó el mecanismo único de validación, así como los lineamientos técnicos para la generación, validación y envío de los RIPS como soporte de la factura.


Fechas clave para la carga de RIPS en el 2024.
Cronograma para los RIPS en 2024

A continuación, les contamos todo lo que debe saber sobre la incorporación de los RIPS para los procesos de facturación electrónica en el sector salud. 


¿Cuándo debe una entidad reportar los RIPS?


Una entidad debe reportar los RIPS cuando el pagador utilice recursos del Sistema General de Seguridad Social de Colombia. 

Por ejemplo: una atención particular a un paciente no requiere realizar el reporte de RIPS. 


¿Cuál es el mecanismo para reportar los RIPS de acuerdo con la legislación reciente?


Con el fortalecimiento de la interoperabilidad institucional en mente, el Ministerio de Salud y Protección Social ha generado un mecanismo para que la validación de los RIPS se haga a la par con el envío de la factura electrónica. 


El proceso implica la generación de la factura electrónica con validación previa por parte de la DIAN, seguida del envío de los RIPS a través de dos mecanismos proporcionados por el Ministerio. 


  • Aplicación Cliente-Servidor FEV_RIPS: Para acceder a la aplicación Cliente-Servidor diseñada por el Ministerio, es necesario que la entidad realice la inscripción, así como la capacitación y la solicitud de creación de usuarios de acceso. Este mecanismo cuenta con seis módulos que permiten el procesamiento de facturas electrónicas de venta, notas crédito y la modificación de RIPS previamente enviados. La utilización de este mecanismo siempre requerirá de la dedicación de un usuario, quien deberá validar manualmente los datos antes de proceder con el envío. 

Diagrama del proceso de carga manual de los RIPS.
RIPS: Carga manual

  • API que facilita la integración, comunicación y transferencia de información entre los sistemas involucrados. Si usted cuenta con SGM Salud, los RIPS serán enviados directamente desde la factura electrónica, garantizando la coherencia en la información entre los pacientes relacionados y las tarifas de los servicios de manera automática. Asimismo, se generará un informe detallado de los resultados obtenidos durante el proceso. 


Diagrama de la carga automatizada de los RIPS mediante API de SGM Salud
RIPS: Carga automatizada

Para saber más información acerca de los RIPS y su legislación vigente, visite los siguientes enlaces:


Si desea automatizar sus procesos de facturación y reporte de RIPS con SGM, ¡agende su demostración hoy!




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